Qué hacer si tu empresa no te paga la nómina a tiempo: guía práctica para trabajadores

Recibir tu nómina a tiempo puede marcar una gran diferencia en tu economía y tranquilidad diaria. Sin embargo, muchas veces se producen retrasos injustificados por parte del empresario que generan gran preocupación y estrés en los trabajadores. Por suerte, la ley protege a los empleados frente a estos incumplimientos evitando que se conviertan en algo ordinario.

En este artículo te explicamos paso a paso cómo actuar ante el incumplimiento de tu empresa en el pago de la nómina, con consejos prácticos y sencillos para que puedas aplicarlos, También revisaremos las posibles soluciones legales para el caso de que estos incumplimientos se repitan y afecten gravemente tu día a día.

IMPAGO O RETRASO DE LA NÓMINA: QUÉ DICE LA LEY

Según el artículo 29 del Estatuto de los Trabajadores, la liquidación y pago del salario se hará puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o, en su defecto, conforme los usos y costumbres.

Antes de iniciar cualquier acción, lo primero que deberás comprobar es:

  • Los plazos de pago acordados en el contrato o, en su defecto, previstos en el convenio.

  • Comprobar la forma de pago pactada (transferencia, cheque, etc.)

  • La diferencia entre nómina ordinaria y pagas extraordinarias ya que no tienen los mismos plazos de liquidación y devengo.

 

PRIMER PASO: COMUNICACIÓN A LA EMPRESA

Hablando con la empresa

Antes de iniciar cualquier acción legal que pudiera ser percibida por la empresa como un “ataque”, lo recomendable es dirigirte a la empresa de manera formal y siempre por escrito.

Aspectos claves de esta comunicación:

  • Usa siempre un tono formal y profesional.

  • Utiliza siempre un medio que deje constancia del envío: correo electrónico, carta certificada o carta entregada en mano (en este caso, habrá que llevar una copia para que la empresa la sella como recibida).

  • Indica la cantidad adeudada expresamente y la fecha en la que ésta debería haberse abonado.

  • Asegúrate de que quede constancia de la fecha en la que le has enviado la reclamación a la empresa.

  • Conserva copia de toda la correspondencia que intercambies con la empresa.

Consejo legal: Mantener un registro de todas las comunicaciones con la empresa puede ser fundamental si finalmente hay que acudir a una mediación o un juicio.

 

RECLAMACIÓN FORMAL Y MEDIACIÓN

Mediacion laboral

Si la empresa no responde a tu reclamación y sigue sin abonarte las cantidades debidas, hay varias soluciones que se pueden tomar:

  • Presentar una queja formal ante Inspección de Trabajo para que pueda mediar en tu caso, ten en cuenta que esta opción, aunque puede ser anónima, puede generar tensiones con la empresa.

  • Interponer una Papeleta de Conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de tu Comunidad, este trámite es obligatorio antes de poder presentar una demanda judicial contra la empresa.

  • Sólo se podrá reclamar el salario correspondiente al año anterior a la reclamación.

Consejo: prepara toda la documentación que tengas: contratos, correos, nóminas, y cualquier otra comunicación relevante a este respecto para reforzar tu posición en el conflicto.

 

DEMANDA JUDICIAL

En caso de no poder alcanzarse un acuerdo ante el SMAC, podrás reclamar las cantidades debidas judicialmente:

– Presentar una demanda no siempre implica que se celebre un juicio: cada vez es más habitual que este tipo de asuntos se cierren mediante acuerdo, incluso en el propio Juzgado.

– Además del salario adeudado, también puedes reclamar los correspondientes intereses por el retraso del pago.

– Es muy recomendable contar con asesoramiento legal especializado para este tipo de gestiones.



PROCEDIMIENTO ADICIONAL:

EXTINCIÓN DEL CONTRATO POR IMPAGO

El artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores establece que la falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario da derecho al trabajador a extinguir la relación laboral.

Actualmente, se exige que el incumplimiento sea grave y continuado. La Jurisprudencia ha ido perfilando estos requisitos, por lo que es importante analizar cada caso individualmente antes de tomar esta decisión.

Los efectos de esta extinción son los mismos que un despido improcedente:

  • El trabajador cobraría una indemnización de 33 días por año trabajado.

  • Se generaría derecho a la prestación por desempleo.



👉 Permanece atento a nuestra web: próximamente trataremos con más detalle este procedimiento.

CONCLUSIÓN

No ignores un retraso de nómina: revisa tu contrato, comunica formalmente tu reclamación, considera la mediación y, si es necesario, recurre a la vía judicial.

No dejes que la empresa vulnere tus derechos: cuanto antes actúes, más opciones tendrás de recuperar tu salario. En Ramírez M Abogados podemos ayudarte a reclamar de manera segura y efectiva. Contacta con nosotros y protege lo que te corresponde.



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